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Trámite programa estímulo fiscal por la transmisión o adquisición de inmuebles por sucesiones testamentarias o intestamentarias y donación inter vivos para el ejercicio fiscal 2026.

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programa estímulo fiscal por la transmisión o adquisición de inmuebles por sucesiones testamentarias o intestamentarias y donación inter vivos para el ejercicio fiscal 2026. (TR-SFT-DI-CII-06)

Cédula y protesta ciudadana


Descargar Cédula de trámite Formato Protesta Ciudadana
Clave:
tr-sft-di-cii-06

Fecha de creación:
30/10/2026 11:06:59

Última actualización:
30/10/2026 11:06:59

Nombre del Tràmite o Servicio:
programa estímulo fiscal por la transmisión o adquisición de inmuebles por sucesiones testamentarias o intestamentarias y donación inter vivos para el ejercicio fiscal 2026.

¿Es un trámite o servicio?
tramite

Modalidad de Trámite o Servicio:

presencial

Fundamento Jurídico del Trámite o Servicio

art. 15 y decimo cuarto transitorio de la ley de ingresos del municipio de el marqués, qro. para el ejercicio fiscal vigente y el “programa estímulo fiscal por la transmisión o adquisición de inmuebles por sucesiones testamentarias o intestamentarias y donación inter vivos para el ejercicio fiscal 2026”.


Descripción de los casos en los que puede o debe realizarse el trámite o servicio

otorgar un estímulo fiscal a cónyuges, concubinos, ascendientes y descendientes en línea recta —sin límite de grado— que, en su calidad de donatarios, herederos o legatarios, adquieran la propiedad de un inmueble mediante donación inter vivos, sucesión testamentaria o intestamentaria y se encuentren sujetos del pago de impuesto sobre traslado de dominio.


Pasos que debe llevar a cabo el particular para su realización
  1. tomar turno correspondiente para ingresar ante el módulo "impuestos inmobiliarios". se deberá utilizar el tomaturnos ubicado en las oficinas de la dirección de ingresos.
  2. presentar la documentación en el módulo de atención de la coordinación de impuestos inmobiliarios de la dirección de ingresos. los requisitos deberán entregarse completos y legibles.
  3. corroborar que la declaración es correcta para continuar. el funcionario de la ventanilla indicará si el trámite puede continuar.
  4. una vez ingresado se espera el plazo de respuesta de la autoridad. deberá acudir a ventanilla por lo menos 3 días hábiles siguientes al ingreso del trámite para solicitar información.
  5. notificarse de requerimiento, en su caso. en caso de ser insuficiente la documentación ingresada el personal responsable de la revisión del acto notificará requerimiento formal de documentación.
  6. notificarse de la línea de captura, en su caso. en caso de ser suficiente la documentación, el personal responsable de la revición emitirá y notificará al solicitante la línea de captura.

Tipo de usuario o población a quien va dirigido

ciudadanía en general


Descripción de los beneficios

otorgar un estímulo fiscal a cónyuges, concubinos, ascendientes y descendientes en línea recta —sin límite de grado— que, en su calidad de donatarios, herederos o legatarios, adquieran la propiedad de un inmueble mediante donación inter vivos, sucesión testamentaria o intestamentaria y se encuentren sujetos del pago de impuesto sobre traslado de dominio.


Documentos requeridos para llevar acabo el trámite o servicio
no. nombre del requisito descripción requisito original o copia
1 escrito libre de solicitud de aplicación del estímulo, mediante el formato que cumpla con los requisitos previstos en el artículo 52 del código fiscal del estado de querétaro.  anexo i documento que respalda la solicitud de aplicación del estímulo original y copia
2 aviso ó declaración del impuesto sobre traslado de dominio. documento que brinda a detalle la operación traslativa de dominio a declarar original y copia
3 copia con firma y sello autógrafo de avalúo fiscal vigente emitido por perito valuador autorizado por el poder ejecutivo del estado de querétaro (con valor referido en su caso) documento que sirve para determinar la base gravable del impuesto a erogar original y copia
4 copia certificada de la escritura pública la cual deberá contener la firma y sello del notario público que la autoriza, y en los casos que corresponda la documentación que compruebe la fecha en que les fue expensado el monto del impuesto sobre traslado de dominio de inmuebles.  documento expedido por notario publico que respalda el acto y  fecha de supuesto legal de la operación traslativa de dominio.  original y copia
5 comprobante de pago de impuesto predial al corriente de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48, numeral 9 de esta misma ley y así mismo el recibo de pago de cualquier otro gravamen fiscal derivados de los bienes inmuebles, expedidos dentro de los seis meses anteriores a la fecha de presentación del aviso de traslado de dominio en la oficinas recaudadora; o bien, se podrá exhibir constancia de no adeudo de impuesto predial, siempre y cuando el inmueble se encuentre al corriente dentro del plazo señalado.  documento que acredita que e inmueble objeto de la operación se encuentra al corriente de pago de impuesto predial.  copia
6 constancia de situación fiscal actualizada del o las partes adquirentes, por lo menos, a la fecha de la operación traslativa de dominio.  documento que permite el alta del contribuyente en nuestro sistema de información municipal copia
7 en contratos que se hagan constar en documentos privados y/o se encuentren elevados a escritura pública deberá anexar el contrato privado certificado por notaría pública, adjuntando documentación donde conste fecha cierta de la celebración del acto jurídico, mediante comprobantes de pago o estados de cuenta que ostenten la fecha o fechas de pago de la contraprestación en dinero o en especie, vinculados de manera indudable con el contrato privado con la certificación del notario o fedatario público correspondiente. en su caso* documentación adicional particularmente ligada con el supuesto legal traslativo de dominio.  original y copia
8 copia certificada de la resolución judicial o administrativa o de cualquier otra autoridad competente en su caso. documento que respalda la fecha de supuesto legal en caso de que su origen corresponda a una resolución judicial o administrativa. original y copia
9 la demás documentación certificada que sea requerida por la autoridad, naturaleza del acto, contrato o concepto de adquisición.  documentación adicional particularmente ligada con el supuesto legal traslativo de dominio.  original y copia
10 estar al corriente en el pago del derecho de alumbrado público, cuando resulte aplicable. comprobante que acredita estar al corriente de sus obligaciones fiscales.  original y copia
14      
15 en el supuesto de las declaraciones traslativas de dominio por notarías foráneas, se solicita adicionalmente lo siguiente:
16 oficio de autorización expedido por la notaría foránea indicando el número de la notaría local y nombre del notario titular que va a realizar el trámite. documentación idónea para acreditar la gestión de notarías foráneas.  original y copia
17 oficio de la notaría local en el que indique que va a gestionar el trámite de la notaría foránea. documentación idónea para acreditar la gestión de notarías foráneas.  original y copia

Medio de Presentación

formato físico


Formatos y otros documentos

anexo istd26">anexo istd26

formato istd 26">declaración istd 2026


Plazo máximo de respuesta

3 días hábiles


Plazo apercibimiento

30 días


Vigencia del documento

no aplica.


Horario de atención

lunes a viernes hábiles de 8:30 a 15:00 horas


Costo del Trámite o Servicio

determinación a través de tabla progresiva


Autoridad que lleva a cabo el Trámite o Servicio

dirección de ingresos


Datos del contacto para consulta y envió de información

dirección de ingresos tel: 4422388400 ext. 1568


Oficinas de atención

coordinación de impuestos inmobiliarios. dirección de ingresos del municipio de el
marqués, qro., ubicada en aréa b. las cocheras carretera 210, no. 6301, localidad
jesús maría, el marqués, qro. c.p. 76243.


Denuncias

auditoría superior municipal tel. 238-84-00 ext. 1150


Beneficios de los usuarios ante la negativa o falta de respuesta

se cuenta con un recurso de queja ante la comisión municipal de mejora regulatoria
en caso de que se haya experimentado alguna discrecionalidad de la autoridad


La información contenida en esta cédula de trámite así como su actualización es responsabilidad del titular de la dependencia.

Descargar Cédula de trámite Formato Protesta Ciudadana

Descripción

incentivar la recaudación del impuesto sobre traslado de dominio mediante el otorgamiento de un estímulo fiscal. de manera complementaria, su aplicación puede generar efectos favorables en materia patrimonial y administrativa, entre ellos, facilitar la transmisión de bienes inmuebles entre integrantes de una familia, promover la formalización de derechos sucesorios y favorecer la actualización de la titularidad catastral.

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