no aplica
es meramente informativo, puede servir cuando el usuario pretendea comprar o vender un inmueble. en ocasiones para solicitar el cambio de uso de suelo. este trámite no es requisito para ningún trámite ordinario, no se necesita para construir, ni para dictamen de uso de suelo.
1.- obtener el formato de solicitud en la ventanilla única, u obtener del la página web del muncipio http://elmarques.gob.mx/direccion-de-desarrollo-urbano/, es la solicitud número uno. en el reverso de ésta solicitud están indicados los requisitos.
2.-presentar en ventanilla única la solicitud llenada con los requisitos requeridos.
3.- realizar el pago por derechos de trámite e ingresar formalmente el trámite adjuntando el pago realizado.
4.- una vez transcurrido el tiempo de elaboración del trámite, deberá regresar a ventanilla única en la fecha indicada en su solicitud para recoger el trámite. deberá acudir a ventanilla con la solcitud de acuse correspondiente y en caso de que el trámite haya sido factible, deberá pagar el monto indicado.
5.-acude a ventanilla a recibir el pase a caja, paga en caja y regresa a recibir el trámite.
público en general que desee saber el uso de suelo de algún inmueble, de conformidad a lo previsto en el programa de desarrollo urbano.
contar con un documeto oficial que informe el uso de suelo que tiene el predio.
1. solicitud en original y copia, con firma en original del interesado. en caso de que el informe de uso de suelo sea requerido para realizar un cambio de uso de suelo, este formato deberá estar firmado por el propietario del predio o representante legal del propietario, debidamente llenada, sin tachaduras ni enmendaduras.
2. copia de recibo de pago de impuesto predial vigente, sólo para en caso de pretender un cambio de uso de suelo.
3. copia de la escritura de propiedad que contenga la superficie total del predio (inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio), o documento con el cual se acredite la propiedad, que señale medidas y colindancias.
4. copia de identificación oficial del interesado. en caso de pretender un cambio de uso de suelo, deberá anexar copia de identificación del propietario o representante legal.
5. en caso de ser persona moral, copia legible y completa copia simple de la acta constitutiva (en caso de que aplique), en la cual se acredite la personalidad jurídica y representatividad legal debidamente protocolizadas ante notario público e inscritas en el registro público de la propiedad y del comercio del estado.
6. copia legible de la identificación oficial con fotografía de las personas autorizadas.
7. cubrir el pago de derechos, conforme a lo establecido en la ley de ingresos del municipio de el marqués, qro., para el ejercicio fiscal vigente.
nombre documento | características | trámite o servicio adicional | autoridad | presentación documento |
formato de solicitud | solicitud en original y copia, con firmas en original del interesado y de la persona de confianza. | original y fotocopia | ||
recibo de pago de impuesto predial | vigente, sólo para en caso de pretender un cambio de uso de suelo. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
documento de propiedad. | escritura de propiedad debidamente inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio que señale medidas y colindancias. puede presentar también titulo de propiedad o certificado parcelario. cualquier documento que permita la descripción u ubicación del predio de manera jurídica. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
identificación oficial del interesado y/o representante legal. | credencial del ife, ine, o pasaporte. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
identificación oficial de la persona de confianza. | credencial del ife, ine, o pasaporte. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
poder notarial y acta constitutiva, en caso de personas morales, debidamente inscrita en el registro público de la propiedad. | escritura protocolizada y notariada referente al poder otorgado. o escrtitura referente a la constitución de la persona moral donde figure la representatividad del solicitante. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
pago de ingreso de trámite, independientemente del resultado del mismo, se causará y pagará: | 12.78 uma, artículo 24, fracción iii, número 1. de conformidad con la ley de ingresos para el año fiscal 2021. | pagar en caja | caja de la dirección de ingresos | original |
fundamento jurídico: proporcionar datos técnicos para la ubicación del predio y apersonarse de manera legal.
formato predeterminado.
fundamento jurídico:por acuerdo de la mejora regulatoria para optimizar y establecer un orden.
10 días hábiles.
3 días hábiles.
hasta que el progama o plan de desarrollo se modifique.
fundamento jurídico: artículo 17, ley de procedimientos administrativos del estado de querétaro.
no aplica
lunes a viernes a 08:30 a 16:00 horas, días hábiles.
por concepto de informe de uso de suelo, independientemente del resultado del mismo se causará y pagará 13.18 uma, artículo 24, fracción iii, numeral 1.
fundamento jurídico: ley de ingresos para el municipio de el marqués, qro. para el ejercicio fiscal 2021, publicada en el periódico oficial la sombra de arteaga el 23 de diciembre de 2020.
criterios de resolución del trámite o servicio, en este rubro es importante señalar qué es lo que la autoridad tomará en consideración al momento de analizar la procedencia del trámite o servicio. pueden ser uno o varios criterios o hipótesis a considerar.
1) que la poligonal del predio sea localizable con coordenadas utm en los planos del programa o plan de desarrollo correspondiente.
fundamento jurídico:
artículo 41. los programas municipales de desarrollo urbano tendrán aplicación y vigencia en el territorio del municipio que corresponda,
sección primera del informe y dictamen de uso de suelo.
artículo 323. para los efectos del presente código, se entenderá como informe de uso de suelo, el documento administrativo mediante el cual la autoridad competente hace del conocimiento de la persona que lo solicite, la información relativa al uso de suelo que tiene asignado un predio conforme a los programas de desarrollo urbano aplicables.
dirección de desarrollo urbano.
coordinación de planeación territorial
tel. 2 38 84 00, ext. 1828.
domicilio: carretera estatal 210 km 6.3, ex-hacienda jesús maria, el marqués, qro.
coordinación de ventanilla
tel. 2 38 84 00, ext. 1823.
domicilio: carretera estatal 210 km 6.3, ex-hacienda jesús maria, el marqués, qro.
ing. ma. leonor hernández montes
auditor superior municipal
carretera estatal 210, #6301, jesús maría, el marqués, qro.
4422388400 ext. 1154
La información contenida en esta cédula de trámite así como su actualización es responsabilidad del titular de la dependencia.
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