nuevo, ampliación, modificación, ratificación y homologación
con fundamento en lo establecido en los artículos 115 fracción v de la constitución política de los estados unidos mexicanos, 11 fracciones i, ii, vi, ix, xi y 28 de la ley general de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano, 8, 10, 11 fracción i, 12, 13 fracción i, 226 fracción i, 228, 324 y 325 del código urbano del estado de querétaro; 12 inciso b fracción viii, 14 fracción vii, 40 y 41 fracción vi del reglamento interior de la secretaría de desarrollo sustentable del municipio de el marqués, qro, y a los programas parciales de desarrollo urbano del municipio de el marqués, qro.
artículo 324. el dictamen de uso de suelo es el documento administrativo emitido por la autoridad competente, en el que se mencionarán las condiciones y términos que fijan los programas de desarrollo urbano respecto de un predio, en materia de vialidad, estacionamiento, áreas abiertas, áreas de maniobras, densidad de población y cualesquiera otras, mismos que para los efectos de observancia, serán asentados en la licencia de construcción correspondiente.
la ley de hacienda de los municipios del estado de querétaro y la ley de hacienda del estado de querétaro, señalarán los derechos que resulten aplicables en cada caso, por la emisión del dictamen en comento.
para cualquier inmueble que requiera uso de suelo distiento al habitacional unifamiliar.
1.-obtener el formato de solicitud en ventanilla única, u obtener del la página web del muncipio http://elmarques.gob.mx/direccion-de-desarrollo-urbano/.
2.-el usuario deberá presentar en ventanilla única, la solicitud llenada y con todos los requisitos citados.
3.-el usuario realizará el pago por derechos de ingreso de trámite y ventanilla única anexará el comprobante de pago a la solicitud y le entregará al usuario un acuse de la solicitud sellada y con folio asignado.
4.- una vez transcurrido el tiempo de revisión y elaboración del trámite, el usuario deberá regresar a ventanilla única en la fecha indicada en su solicitud.
5.- ventanilla única revisará el folio de la solicitud y en caso de ser negado el trámite, el usuario podrá recogerlo sin costo, ahora bien, si el trámite fue autorizado ventanilla única generará pase a caja para que el ususario realice el pago correspondiente.
6.- una vez que el usuario realice el pago correspondiente, ventanilla única entregará la autorización y el ususario firmará un acuse aceptando de conformidad dicha autorización.
público en general que desee construir, regularizar u obtener autorizaciones en un inmueble con uso de suelo diferente a habitacional unifamiliar.
tener el documento que le dictamine al usuario los principales parámetros de constucción y operación para un construir, modificar o regularizar un inmueble con fines diferentes a uso de suelo habitacional unifamiliar.
1.- datos generales .- nombre del propietario ó representante legal; dirección para notificar; teléfono; celular; correo electrónico; rfc; teléfono; correo electrónico; (calle/parcela, lote/manzana/número oficial; (colonia/ejido/fraccionamiento/unidad condominal/condominio); superficie del terreno; superficie de dictamen; clave catastral;
2.- giro solicitado (especificar el tipo de negocio que se prentende) marcar si es o no anexo a vivienda;
3.- tipo de trámite (marcar el tipo de trámite que requiere (nuevo, modificación, regullarización y homologación) nota: ver requisitos al reverso;
4.- datos del arrendatario (solamente en caso de alcoholes o instalación de anuncios de propaganda o cuando cuente con contrato de arrendamiento notariado que le permita construir, ejem.: oxxo, gasolineras, antenas de telecomunicaciones, etc. marque con una "x" (equis) si o no.) ¿va a vender alcoholes?; no es el propietario y ¿pretende construir o instalar ?; llene las siguientes casillas solamente si contestó "si" a alguna de las preguntas anteriores, de lo contrario deje en blanco; nombre del arrendatario/representante legal ; superficie del polígono arrendado; celular; correo electrónico;
5.- persona autorizada para recibir de conformidad, notificaciones y/o documentos (gestor);nombre, teléfono;, celular; correo electrónico;
6.- firma propietarios/representante legal y/o forma arrendatario (en su caso); firma persona autorizada (gestor)
nombre documento | características | trámite o servicio adicional | autoridad | presentación documento |
formato de solicitud | solicitud en original y copia, con firmas en original del interesado y de las personas autorizadas. | original y fotocopia | ||
pago inicial, de acuerdo a la ley de ingresos 2021. | el usuario deberá de realizar el pago por derechos de ingreso de trámite. | ventanilla única generá el pase a caja. | 2 recibos originales (usuario y ventanilla única) | |
identificación del propietario (a) o representante legal, así como de las personas autorizadas, según solicitud. | credencial del ife, ine, o pasaporte. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
comprobante de propiedad inscrito en el registro público de la propiedad | escrituras públicas, título de propiedad, etc. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
para el caso de personas morales, presentar acta constitutiva, así como poder notarial del representante o apoderado legal. | para el caso de personas morales, presentar acta constitutiva, así como poder notarial del representante o apoderado legal. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
en caso de no ser propietario del inmueble, documento con el cual acredite el uso, ocupación, goce o disfrute. | contrato de arrendamiento; en caso de que el inmueble esté en comodato o cualquier otra figura, anexar convenio o contrato que le autorice el uso del inmueble, aplica en caso de letreros de propaganda o espectaculares. en caso de que el predio tenga un dictamen de uso de suelo previo, se evaluará si necesita un nuevo dictamen o si en necesario obtener uno nuevo. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
pago del impuesto predial | última boleta de pago del impuesto predial (vigente). | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
3 fotografíasdel predio | mostranto frente y colindancias | impreso o digtal formato jpg., no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
anteproyecto | que contenga: planta arquitectónica con medidas y nomenclatura de las áreas, cajones de estacionamiento, áreas libres, etc. | puede ser tamaño doble carta o en plano de 90 x 60scms. | ||
visto bueno de la asociación de colonos, o en su caso, de los vecinos colindantes, que contenga nombres, dirección y firmas. | en caso de que el predio se encuentre en un fraccionamiento que cuente con asociacion de colonos, deberá obtener el visto bueno de la asociación. en caso de que el inmueble esté dentro de un condominio, deberá presentar el visto bueno emitido por la asociación de condóminos. en caso de estar fuera de fracciomanito o condominio deberá obtener el visto bueno de los vecinos de enfrente y sus lados, que contenga nombres, dirección y firmas. favor de anexar copia de las identificaciones oficiales de los firmantes. se sugiere usar formato anexo. | copia simple, o impresas de escaner de cama plana. no se aceptan documentos impresos de fotografías. | ||
de acuerdo al tipo de trámite y giro solicitado, el usuario deberá de presentar la documentación adicional descrita al reverso de la solicitud. |
nota: los requisitos se han indicado en base al oficio no. cemer/766/2017, de fecha 4 de diciembre de 2017, emitido por la comisión de mejora regulatoria del estado de querétaro; y al oficio núm. cmr/7/2018, de fecha 17 de enero de 2018, emitido por la comisión de mejora regulatoria de el marqués, qro. sin embargo, dado que no se tiene acceso regular a los enlaces electrónicos de la dirección de catastro de gobierno del estado y al registro público de la propiedad, los requisitos 7 y 8 también deberán adicionarse al expediente.
fundamento jurídico: con fundamento en lo establecido en los artículos 115 fracción v de la constitución política de los estados unidos mexicanos, 11 fracciones i, ii, vi, ix, xi y 28 de la ley general de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano, 8, 10, 11 fracción i, 12, 13 fracción i, 226 fracción i, 228, 324 y 325 del código urbano del estado de querétaro; 12 inciso b fracción viii, 14 fracción vii, 40 y 41 fracción vi del reglamento interior de la secretaría de desarrollo sustentable del municipio de el marqués, qro, y a los programas parciales de desarrollo urbano del municipio de el marqués, qro.
artículo 324. el dictamen de uso de suelo es el documento administrativo emitido por la autoridad competente, en el que se mencionarán las condiciones y términos que fijan los programas de desarrollo urbano respecto de un predio, en materia de vialidad, estacionamiento, áreas abiertas, áreas de maniobras, densidad de población y cualesquiera otras, mismos que para los efectos de observancia, serán asentados en la licencia de construcción correspondiente.
la ley de hacienda de los municipios del estado de querétaro y la ley de hacienda del estado de querétaro, señalarán los derechos que resulten aplicables en cada caso, por la emisión del dictamen en comento.
formato predeterminado.
fundamento jurídico: por acuerdo de la mejora regulatoria para optimizar y establecer un orden.
15 días hábiles
afirmativa o negativa
3 días hábiles
nuevo y homologación conforme a los programas parciales de desarrollo vigentes; ampliación, modificación y ratificación conforme al derecho adquirido.
fundamento jurídico: artículo 17, ley de procedimientos administrativos del estado de querétaro .
n/a
en caso de guarderás, centros de salud, asillos (lugares donde los ocupantes no se puedan desplazar por si sólos en caso de siniestro. o en caso de venta de bebidas alcoholicas, para detectar situaciones físicas de riesgos ponenciales.
lunes a viernes a 08:30 a 16:00 horas, días hábiles
1.- artículo 24, fracción i, numeral 1: por ingreso de solicitud de trámites en general: 3.36 uma.
2.- artículo 24, fracción iii, numeral 2, inciso a) y b).
3. -artículo 24, fracción iii, numeral 2, inciso d) 4.-artículo 24, fracción iii, numeral 2, inciso e)
conforme a lo establecido en la ley de ingresos del municipio de el marqués, qro., para ejercicio fiscal 2021.
fundamento jurídico: ley de ingresos para el municipio de el marqués, qro., para el ejercicio fiscal 2021, publicado en el periódico oficial la sombra de arteaga el 23 de diciembre de 2020.
que en el programa parcial de desarrollo urnano donde se ubique el predio indique la compatibilidad del proyecto con el uso de suelo y la actividad del inmueble.
fundamento jurídico: con fundamento en lo establecido en los artículos 115 fracción v de la constitución política de los estados unidos mexicanos, 11 fracciones i, ii, vi, ix, xi y 28 de la ley general de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano, 8, 10, 11 fracción i, 12, 13 fracción i, 226 fracción i, 228, 324 y 325 del código urbano del estado de querétaro; 12 inciso b fracción viii, 14 fracción vii, 40 y 41 fracción vi del reglamento interior de la secretaría de desarrollo sustentable del municipio de el marqués, qro, y a los programas parciales de desarrollo urbano del municipio de el marqués, qro.
artículo 324. el dictamen de uso de suelo es el documento administrativo emitido por la autoridad competente, en el que se mencionarán las condiciones y términos que fijan los programas de desarrollo urbano respecto de un predio, en materia de vialidad, estacionamiento, áreas abiertas, áreas de maniobras, densidad de población y cualesquiera otras, mismos que para los efectos de observancia, serán asentados en la licencia de construcción correspondiente.
la ley de hacienda de los municipios del estado de querétaro y la ley de hacienda del estado de querétaro, señalarán los derechos que resulten aplicables en cada caso, por la emisión del dictamen en comento.
dirección de desarrollo urbano.
coordinación de planeación territorial
tel. 2 38 84 00, ext. 1828.
domicilio: carretera estatal 210 km 6.3, ex-hacienda jesús maria, el marqués, qro.
coordinación de ventanilla
tel. 2 38 84 00, ext. 1823.
domicilio: carretera estatal 210 km 6.3, ex-hacienda jesús maria, el marqués, qro.
nombre de la oficina: auditoría superior municipal
datos del responsable: lic. yadira azucena córdova salinas
cargo: auditor superior municipal
correo electrónico: yadira.cordova@elmarques.gob.mx
domicilio: venustiano carranza no. 2, la cañada, el marqués, qro.
teléfono: 2388400
fax: no aplica
horario de atención: lunes a viernes 8:30 am. a 4:00 pm.
enterarle de cual es la situación de su petición
La información contenida en esta cédula de trámite así como su actualización es responsabilidad del titular de la dependencia.
Puedes buscar palabras o por código del trámite.
Busca en la lista de todos los trámites disponibles.