conservación.
ley de sanidad animal título cuarto, capítulo i, art. 56, art. 58, numerales i, ii y iv.
ley de desarrollo rural sustentable título tercero, capítulo i, art. 32, numeral v.
requisitos del padrón ganadero nacional (pgn)
para tramitar los certificados de hatos libres ante las dependecias involucradas.
en caso de solicitud de constancia de hato libre el productor deberá presentar:
muestreos consecutivos (el número de muestreos puede variar según la especie y función zootécnica).
productores ganaderos del municipio.
obtener certificado de hatos libres.
primera constancia o subsecuentes
dictámenes de prueba vigentes y con resultados negativos a las pruebas diagnósticas
nombre documento | características | trámite o servicio adicional | autoridad | presentación documento | ||
en caso de solicitud de constancia de hato libre el productor deberá presentar:
muestreos consecutivos (el número de muestreos puede variar según la especie y función zootécnica) |
certificación.
|
no aplica
|
senasica
|
original y copia
|
fundamento jurídico:
ley de sanidad animal título cuarto, capítulo i, art. 56, art. 58, numerales i, ii y iv.
ley de desarrollo rural sustentable título tercero, capítulo i, art. 32, numeral v.
requisitos del padrón ganadero nacional (pgn)
presencial
fundamento jurídico:
ley de sanidad animal título cuarto, capítulo i, art. 56, art. 58, numerales i, ii y iv.
ley de desarrollo rural sustentable título tercero, capítulo i, art. 32, numeral v.
requisitos del padrón ganadero nacional (pgn)
formato predeterminado.
varía de acuerdo a la programación de actividades de la senasica.
se genera un acuse de ingreso para seguimiento de trámite.
el rechazo de la solicitud podrá darse por las siguientes causas:
información incompleta del hato
datos mal relacionados de los animales
vencimiento en la vigencia del muestreo.
no aplica.
14 meses
fundamento jurídico:
ley de sanidad animal título cuarto, capítulo i, art. 56, art. 58, numerales i, ii y iv.
ley de desarrollo rural sustentable título tercero, capítulo i, art. 32, numeral v.
requisitos del padrón ganadero nacional (pgn)
constancia de hato libre.
fundamento jurídico:
ley de sanidad animal título cuarto, capítulo i, art. 56, art. 58, numerales i, ii y iv.
ley de desarrollo rural sustentable título tercero, capítulo i, art. 32, numeral v.
requisitos del padrón ganadero nacional (pgn)
no aplica.
lunes a viernes a 08:30 a 16:00 horas, días hábiles.
gratuito
fundamento jurídico:
ley de sanidad animal título cuarto, capítulo i, art. 56, art. 58, numerales i, ii y iv.
ley de desarrollo rural sustentable título tercero, capítulo i, art. 32, numeral v.
requisitos del padrón ganadero nacional (pgn)
ser habitante del marqués
ser productor del sector pecuario.
fundamento jurídico:
ley de sanidad animal título cuarto, capítulo i, art. 56, art. 58, numerales i, ii y iv.
ley de desarrollo rural sustentable título tercero, capítulo i, art. 32, numeral v.
requisitos del padrón ganadero nacional (pgn)
secretaria de desarrollo agropecuario.
nombre del responsable: gerardo oscar feregrino ramos
cargo: director de ganadería
adscripción: secretaría de desarrollo agropecuario municipal
domicilio: carretera estatal 210 #6301, jesus maria, el marqués, teléfono: (442) 2388400 ext. 1902
dirección de ganadería de la secretaría de desarrollo agropecuario.
municipal domicilio: carretera estatal 210 #6301, jesus maria, el marqués, teléfono: (442) 2388400 ext. 1902
nombre de la oficina: auditoría superior municipal
datos del responsable: yadira azucena córdoba salinas
cargo: auditor superior municipal.
domicilio: venustiano carranza 2, la cañada, el marqués, qro.
teléfono: 238-84-00 ext. 1151
horario de atención: lunes a viernes 8:30 a 16:00 horas.
La información contenida en esta cédula de trámite así como su actualización es responsabilidad del titular de la dependencia.
Puedes buscar palabras o por código del trámite.
Busca en la lista de todos los trámites disponibles.