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artículos 40 fracción xxiv, 44, 80, 100 y 101 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, qro.
quienes pretendan la instalación de comercio ubicados en la vía pública que cuenten con estructuras, carritos, instalaciones eléctricas o de gas, previo a solicitar el permiso correspondiente, deberán obtener el permiso de la coordinación municipal para la utilización de tales elementos y mantenerlos durante su operación en perfectas condiciones, a fin de eveitar riesgos para las personas y sus bienes.
trámite para solicitar visto bueno de instalación de comercio en vía pública
1.- solicitar en la ventanilla de la oficina de la coordinación municipal de protección civil del municipio del marqués la solicitud y requisitos.
2.- presentar en la ventanilla de la dependencia los requisitos señalados.
3.- esperar el tiempo de revisión del expediente (de 10 a 15 días hábiles) . en caso de tener observaciones hay que corregirlas.
4.- realizar el pago del dictamen de visto bueno.
5.- recoger el visto bueno en las oficinas de la coordinación municipal de protección civil y firmar acuse de recepción.
a cualquier persona física o moral que pretenda contar con un documento que acredite que su puesto semifijo cuenta con las medidas de seguridad necesarias para su funcionamiento.
los beneficios obtenidos en este trámite son que el ciudadano cumplirá con las obligaciones ante las dependencias municipales, así como contar con un puesto semifijo con medidas de seguridad mínimas para contener una emergencia.
nombre del dueño o responsable, teléfono, ubicación del puesto, fechas de instalación.
nombre documento | características | trámite o servicio adicional | autoridad | presentación documento | ||
1.- identificación oficial del organizador | 1.- este documento debe entregarse a manera de copia simple. | 1.- na | 1.- documento expedido por ine, sre o el poder ejecutivo del estado de querétaro. | 1.-copia simple | ||
2.- autorización de instalación por las autoridades municipales correspondientes. | 2.- documento que debe entregarse en copia simple. | 2.- trámite de permiso para instalación. | 2.- dirección de ingresos, secretaría de seguridad pública y tránsito municipal. | 2.-copia simple |
fundamento jurídico: artículos 40 fracción xxvi, 44, 100 y 101 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, qro.
el trámite de no inconveniente deberá realizarse de manera presencial en la ventanilla de la coordinación municipal, presentando las evidencias en físico.
fundamento jurídico: artículos 100 y 101 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.
presentar evidencias de manera física documental . escrito libre de solicitud.
5 días hábiles.
negativa.
5 a 20 días naturales.
sólo durante la instalación.
fundamento jurídico: artículo 16 de la ley de procedimiento adminstrativos del estado de querétaro, artículos 47 y 117 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.
no inconveniente de protección civil para instalación de comercio en vía pública.
fundamento jurídico: artículo 100 y 101 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, qro.
la coordinación municipal tiene a su cargo las funciones de vigilancia del cumplimiento de las disposiciones del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro, mediante las visitas de verificación o inspección, así como la correspondiente imposición de sanciones y aplicación de las medidas de seguridad que correspondan. la coordinación municipal podrá ordenar y practicar visitas de verificación o inspección en inmuebles, bienes, obras y establecimientos a que se refiere el reglamento antes mencionado, con el fin de cerciorarse que se cumplan las disposiciones establecidas por el mismo. artículos 40 fracción xxv, 102 y 103 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, qro.
lunes a viernes a 08:30 a 16:00 horas, días hábiles.
sin costo.
fundamento jurídico: n/a
cumplimiento de los requisitos solicitados por la coordinación municipal de protección civil, así como autorización de las demás dependencias municipales participantes.
fundamento jurídico: artículos 48, 100 y 101 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.
coordinación municipal de protección civil.
nombre: lic. alejandro vázquez mellado larracoechea
cargo: director de la coordinación municipal de protección civil
adscripción: coordinación municipal de protección civil de el marqués, qro.
correo electrónico: avazquez@elmarques.gob.mx
domicilio: av. emiliano zapata no. 75 pte., la cañada, el marqués, qro.
teléfono: (442) 234 7699
coordinación municipal de protección civil
av. emiliano zapata no 75 pte., la cañada, el marqués, qro.
horario de atención: 8:30 a 16:00 horas de lunes a viernes
lic. lirio pineda mujica
director de la fiscalización de la auditoria superior municipal, el marqués, qro
av. venustiano carranza no. 2 la cañada, el marqués, qro.
(442) 2388400 ext. 1153 horario: 08:30 a 16:00hrs.
La información contenida en esta cédula de trámite así como su actualización es responsabilidad del titular de la dependencia.
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