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los organizadores, promotores o responsables de eventos o espectáculos tradicionales y populares, en los que se pretenda hacer uso de artificios pirotécnicos en los que se utilicen explosivos, deberán solicitar a la coordinación municipal el visto bueno.
trámite de visto bueno de protección civil para quema de artificios pirotécnicos
1.- solicitar en ventanilla de la coordinación municipal de protección civil del municipio del marqués la solicitud para quema de artificios pirotécnicos.
2.- presentar en ventanilla los requisitos antes solicitados de forma física.
3.- esperar el tiempo de revisión de expediente, en caso de tener observaciones, corregirlas.
4.- realizar el pago del dictamen.
5.- recibir el dictamen de visto bueno y firmar acuse de recepción.
a cualquier persona física o moral que desee obtener un dictamen que acredite que la quema de artificios pirotécnicos se llevará a cabo de manera segura.
los beneficios obtenidos en este trámite son que el ciudadano o desarrollador del evento, responsable de la quema o quien resulte responsable, cumplirá con las obligaciones ante la dependecia municipal, así como determinar que la quema puede llevarse de manera segura.
datos del evento: nombre del evento, fechas, horarios de inicio de montaje, inicio del evento y finalización; ubicación.
datos del responsable de la quema: nombre, domicilio, no. de permiso general, servicio de ambulancia y servicio de seguridad. especificar potencia y tipo de material, cantidad, altura de las estructuras.
nombre documento | características | trámite o servicio adicional | autoridad | presentación documento | ||
1.- identificación oficial del organizador. | 1.- este documento debe entregarse a manera de copia simple. | 1.- na | 1.- instituto nacional eléctroral/ secretaría de relaciones exteriores/poder ejecutivo del estado de querétaro. | 1.- copia simple. | ||
2.- permiso emitido por las distintas secretarías. | 2.- documento que debe entregarse en copia simple. | 2.- permiso general y aviso a la zona militar correspondiente. | 2.- secretaría de la defensa nacional | 2.- copia simple. |
fundamento jurídico: artículos 40 fracción xxvi, 44 , 82 y 83 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, qro.
el trámite de visto bueno puede realizarse de manera presencial ante la coordinación municipal, presentando las evidencias físicas y digitales; o bien, podrá obtenerse de manera digital a través del sistema electrónico municipal.
fundamento jurídico: artículos 40 fracción xxiv, 44 y 91 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, qro.
1.- presentar evidencias de manera física documental.
2.- solicitud y responsiva. (con 15 días de ancitipación)
5 días hábiles
negativa
5 a 20 días naturales.
sólo durante el evento.
fundamento jurídico: artículo 16 de la ley de procedimiento adminstrativos del estado de querétaro, artículos 47 y 117 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.
visto bueno de protección civil vigente.
fundamento jurídico: artículos 44, 102 y 118 fracción xxxviii del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.
la coordinación municipal tiene a su cargo las funciones de vigilancia del cumplimiento de las disposiciones del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro, mediante las visitas de verificación o inspección, así como la correspondiente imposición de sanciones y aplicación de las medidas de seguridad que correspondan. la coordinación municipal podrá ordenar y practicar visitas de verificación o inspección en inmuebles, bienes, obras y establecimientos a que se refiere el reglamentos antes mencionado, con el fin de cerciorarse que se cumplan las disposiciones establecidas por el mismo. artículos 40 fracción xxv, 102 y 103 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, qro.
lunes a viernes a 08:30 a 16:00 horas, días hábiles.
1.- por eventos como circos, ferias, juegos mecánicos, peleas de gallos, carreras de caballos y quema de pirotecnia 5 uma ($448.10)
fundamento jurídico:art. 35 fracción iv, número 1, inciso d) de la ley de ingresos del municipio de el marqués, qro., para el ejercicio fiscal 2022.
cumplimiento de los requisitos solicitados por la coordinación municipal de protección civil, determinación del grado de riesgo de la realización de la quema, determinación de no autorización por parte de otra autoridad distinta a la coordinación municipal.
fundamento jurídico: artículo 48 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.
coordinación municipal de protección civil.
nombre: lic. alejandro vázquez mellado larracoechea
cargo: director de la coordinación municipal de protección civil
adscripción: coordinación municipal de protección civil de el marqués, qro.
correo electrónico: avazquez@elmarques.gob.mx
domicilio: av. emiliano zapata no. 75 pte., la cañada, el marqués, qro.
teléfono: (442) 234 7699
coordinación municipal de protección civil
av. emiliano zapata no 75 pte., la cañada, el marqués, qro.
horario de atención: 8:30 a 16:00 horas de lunes a viernes.
lic. lirio pineda mujica
director de la fiscalización de la auditoria superior municipal, el marqués, qro
av. venustiano carranza no. 2 la cañada, el marqués, qro.
(442) 2388400 ext. 1153 horario: 08:30 a 16:00hrs.
La información contenida en esta cédula de trámite así como su actualización es responsabilidad del titular de la dependencia.
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