presencial, vía teléfonica, buzón vitual y correo electrónico
plan de desarrollo municipal 2021-2024, eje rector 5 numeral, reglamento interior de la secretaría de atención ciudadana del municipio de el marqués, querétaro.
cuando algún ciudadano hace contacto con la secretaría de atención ciudadana con la intención de hacer llegar al presidente municipal su petición , solicitud, queja,
incofomidad o sugerencia.
1. utilizar alguno de los medios de contacto disponibles, para hacer del conocimiento de la secretaría de atención ciudadana su petición, solicitud, queja,
recomendación o sugerencia respecto de los trámites o servicios de índole municipal; 2. manifestar las circunstancias de modo tiempo y lugar del tema que desea
hacer del conocimiento del presidente municipal, así como los alcences de su petición.; 3. indicar mecanismo de contacto para retroalimentarlo respecto del
seguimiento que brinde la dependencia competente de atender su inquietud; 4. dar seguimiento en la dependencia a la que fue canalizada su petición.
la ciudadanía en general.
la petición se canaliza a la brevedad, se da seguimiento hasta obtener respuesta de las áreas correspondientes. en caso de que la petición no cuente con los elementos
necesarios para ser canalizada, personal de la coordinación de atención ciudadana apoya en la elaboración e integración del expediente correspondiente, con la
finalidad de que el trámite concluya todas sus fases. en caso de que el ciudadano planteé peticiones que no son de la competencia de la administración pública
municipal, se orienta al ciudadano a fin de que acuda a la institución o autoridad competente.
1. identificación del ciudadano 2. domicilio; 3. teléfono; 4. constar por escrito con la narrativa de circunstancias de modo, tiempo y lugar del tema que pretende hacer
del conocimiento del presidente municipal; 5. en caso de presentación peticiones por escrito, firma autográfa en original; 6. en caso de que se trate de una solicitud o
petición colectiva, deberán designar un representante común y los datos de contacto de éste.
documentos requeridos para llevar acabo el trámite o servicio | ||||||
nombre documento | características | trámite o servicio adicional | autoridad | presentación documento | ||
escrito libre de petición por parte del ciudadano, con la documentación que pueda reforzar su escrito. ( copias) | constar por escrito y dirigido al presidente municipal, con firma autográfa original del o los solicitantes, indicando datos de contacto. | n/a | dirección del centro de atención integral de la secretaría de atención ciudadana | documento original |
fundamento jurídico: reglamento interior de la secretaría de atención ciudadana.
formato impreso
fundamento jurídico: plan de desarrollo municipa 2021-2024, eje rector 5 y reglamento interior de la secretaría de atención ciudadana del
municipio de el marqués, querétaro.
n/a
n/a
negativa
n/a
n/a
toda la documentación se conserva
fundamento jurídico: artículo 5 fracción v inciso a ) del reglamento interno para el archivo historico del municipio del márques, querétaro
n/a
lunes a viernes de 08:30 a 16:00 horas
gratuito
fundamento jurídico: plan de desarrollo municipal 2021-2024, eje rector 5 y reglamento interior de la secretaría de atención ciudadana del
municipio de el marqués, querétaro.
la resolución puede ser positiva, parcialmente positiva, o negativa; es emitida por la dependencia competente a la que se canalizó la petición
dirección del centro de atención integral de la secretaría atención ciudadana.
lic. erika olvera olvera
directora centro del atención integral
secretaría de atención ciudadana
atenciónciudadana@elmarques.gob.mx
centro municipal, carretera estatal 210 no. 6301, jesús maría el marqués, qro.,
teléfono: 2333400 ext-.1206
auditoría superior municipal
centro municipal, carretera estatal 210 no. 6301, jesús maría el marqués, qro.
lunes a viernes de 08:30 a 16:00 horas.
teléfono: 2388400 ext. 1150
el ciudadano tiene a salvo su derecho, para ejercer el juicio de amparo ante el poder
judicial federal, pol vulneración a su derecho de petición contemplado en el artículo
8 de la constitución politica de los estados unidos mexicanos.
La información contenida en esta cédula de trámite así como su actualización es responsabilidad del titular de la dependencia.
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